La ciberocupación se ha convertido en un
problema creciente en España. Desde Nominalia, una empresa española de gestión
de redes y de dominio, destacan esta situación. Según la Organización Mundial de
la Propiedad Intelectual (OMPI), la «ciberocupación» se entiende como el «registro anticipado y de mala fe de marcas como nombres de dominio
por personas que no tienen derecho alguno sobre dichos nombres».
Los «ciberocupas» son esas personas que
se aprovechan de las fallas del sistema de registro y que logran hacerse con
los dominios para adelantarse a los «dueños legítimos». Por ejemplo, al aparecer el dominio .futbol, algunos «ciberocupas»
se apresuraron en ser los primeros en registrar páginas como ikercasillas.futbol ó rfef.futbol. Quienes se
apropiaron de dichas páginas no lo hicieron rompiendo la ley sino
aprovechándose del sistema, ya que se realiza «por riguroso orden de
solicitud». Es decir, a ley de quien llegue primero.
«Los ‘ciberocupas’ se aprovechan de que el
sistema de registro de nombres de dominio funciona por orden de solicitud
para adelantarse a los titulares de la marca. En la mayoría de
casos, los ‘ciberocupas’ buscan vender los derechos
sobre dichos nombres de dominio a quienes deberían ser sus legítimos
propietarios. Sin embargo, en otros casos hacen uso de las webs ‘ocupadas’ para
colgar publicidad mediante sistemas de afiliación e, incluso, para vender falsificaciones de productos y servicios con la
marcas cuyos nombres de dominio han registrado antes que los dueños de dichas
enseñas» explica a través de un comunicado David Costa, Country Manager de Nominalia.
Muchas veces, los dueños «legítimos» de dichos
dominios pagan por ellos, pero otras veces recurren al sistema judicial,
que suele tardar mucho tiempo en dar una solución. Según la OMPI, el número de
nombres de dominio objeto de demandas creció un 22% en 2013, hasta
situarse en 6.191 dominios.
Desde Nominalia hacen cuentas a nivel español.
Los ciberocupan ocasionan más de 1.000 demandas por robo de
propiedad intelectual cada año. Con estos números, España se ubica en el cuarto lugar del «top» de países
que más demandas recibe.
Vale aclarar que la ciberocupación no es un
delito según el Código Penal español, aunque sí lo es la violación de la
Propiedad Intelectual.
Fuente: ABC.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario